1. INTERNATlONAL STANDARD. lEC 61024-1. 1990-03
"Protección de estructuras contra los rayos. Parte 1
: Principios generales".
2.3.1 General
Desde el punto de vista de la protección contra rayos, es
preferible un sistema único integrado de terminación
en tierra, adecuado para todos los fines (o sea, protección
contra rayos. sistemas electroenergéticos de baja tensión,
sistemas de telecomunicaciones).
Los sistemas de terminación en tierra que deben estar separados
por otras razones, se conectarían al integrado por enlaces
equipotenciales de acuerdo con la Sub-cláusula 3.1.
3.1.1 General
La equipotencialización es
una medida muy importante para reducir los peligros de incendio
y explosión, y la amenaza a la vida, en el espacio a proteger.
La equipotencialización se alcanza por medio de conductores
de enlace o supresores de impulsos que conectan el sistema de protección
contra rayos, la armadura metálica de la estructura, la instalación
metálica, las partes conductoras extrañas y las instalaciones
eléctricas y de telecomunicaciones dentro del espacio a proteger.
2. INTERNATIONAL STANDARD. IEC 61024-1-2.
1998-05
"Protección de estructuras
contra los rayos. Parte 1-2: Principios generales. Guía B
-Diseño, instalación, mantenimiento e inspección
de sistemas de protección contra rayos",
2.4.1.1 General
Desde el punto de vista de la protección
contra rayos,
es preferible un sistema único
integrado de terminación en tierra, adecuado para todos los
fines (o sea, protección contra rayos, sistemas electroenergéticos
de baja tensión, sistemas de telecomunicaciones),
3. USA STANDARD. ANSI/NFPA 78. 1986
"Código de protección contra rayos"
3.14 Puesta a tierra común
Todos los medios de puesta a tierra
en una estructura, o sobre ella, se interconectarán para
proporcionar un potencial común a tierra, Esto incluirá
las tierras de la protección contra los rayos, el servicio
eléctrico, teléfono y antenas, así como los
sistemas de tuberías metálicas soterradas.
4. USA STANDARD. ANSI/NFPA 75. 1992
"Protección de equipos electrónicos de computación
y procesamiento de datos".
Apéndice B. 645-4 Puesta
a tierra
Todas las partes metálicas
expuestas no-portadoras de corriente de un sistema de procesamiento
de datos se conectarán a tierra de acuerdo con el Artículo
250 (Nota del Autor: Artículo del NFPA 70),
5. USA STANDARD. ANSI/NFPA 70. 1993
"Código Eléctrico Nacional",
250.81 Sistema de electrodos de
tierra. Si las facilidades en cada edificio o estructura disponen
de ellos, cada uno de los electrodos en (a) hasta (d) a continuación,
y cualquiera de los electrodos hechos de acuerdo con las Secciones
250-83 (c)y (d), se interconectarán para formar el sistema
de electrodos de tierra. Las tuberías metálicas hidráulicas
interiores:
(a) Tubería metálica hidráulica soterrada,
(b) Tubería metálica del edificio donde esté
puesta a tierra con efectividad.
(c) Electrodo embebido en hormigón,
(d) Anillo de tierra, Un anillo que rodea al edificio o estructura
250.83 Electrodos hechos y otros.
Cuando no están disponibles ninguno de los electrodos especificados,
en la Sección 250-81, se usará uno, o más de
uno, de los electrodos especificados en (b) hasta (d) a continuación,
Donde sea factible, los electrodos hechos
(b) Otros sistemas o estructuras
locales metálicas soterrados. Otros sistemas metálicos
como los de tuberías y tanques soterrados.
(c) Electrodos de barra o tubería,
(d) Electrodos de plancha.
250.86 Uso de barras de pararrayos.
Los conductores de los pararrayos u otros electrodos hechos usados
para la puesta a tierra de barras de pararrayos, no se utilizarán
en lugar de los electrodos de tierra hechos exigidos por la Sección
250-83 para la puesta a tierra de sistemas y equipos. Esta disposición
no prohibirá la interconexión exigida de los electrodos
de
tierra de los diferentes sistemas.
(Nota No.2): La interconexión de todos los electrodos; de
tierra segregadas limitará las diferencias de potencial entre
ellos y entre sus sistemas de cableado asociados.
Artículo 645-computadora
electrónica / equipo de procesamiento de datos.
645-15 Puesta a tierra. Todas las
partes metálicas expuestas no-portadoras de corriente de
un sistema de procesamiento de datos por computadoras electrónicas
se conectarán a tierra de acuerdo con el Articulo 250 o tendrán
aislamiento doble.
Artículo 800 - circuitos
de comunicaciones
800-33 Puesta a tierra de cables. El forro metálico de los
cables de comunicaciones que penetran en los edificios se conectarán
a tierra tan cerca como sea posible del punto de entrada o se interrumpirá
tan cerca del punto de entrada como sea factible por medio de una
junta aislante o de un dispositivo equivalente.
800-40 Puesta a tierra del cable
y del protector primario. La(s) parte(s) metálica(s) del
forro de cable, donde la Sección 800-33 exija conectarla(s)
a tierra, y los protectores primarios se conectarán a tierra
en la forma especificada a continuación en (a) hasta (d).
(a) ....................................................................
(b) Electrodo. El conductor de tierra se conectará como sigue:
Al lugar accesible más cercano en: (1) el sistema de electrodos
de tierra del edificio o estructura indicada en la Sección
250-81, (2) el sistema a tierra de las tuberías hidráulicas
metálicas interiores indicado en la Sección 250-80
(a), (3) los medios accesibles de servicio electroenergético
externos a los recintos indicados en la Sección 250-71 (b),
(4) las canalizaciones metálicas del servicio electroenergético,
(5) la carcasa de los equipos de servicio. (6) el conductor del
electrodo de tierra o la cubierta metálica del conductor
del electrodo de tierra.
.........................................................................
(c) Conexión de electrodos. Se conectará un enlace
de conexión no menor del No.6 AWG de cobre o equivalente
entre el electrodo de tierra de comunicaciones y el sistema de electrodos
de tierra del servicio electroenergético en el edificio o
estructura donde se utilicen electrodos segregados. Se permitirá
la interconexión de todos los electrodos segregados.
Artículo 810- equipos de
radio y televisión
Artículo 820 -televisión
por antena de comunidad(catv) y sistemas de distribución
de radio
(Nota del Autor: En estos artículos se indica prácticamente
lo mismo que lo expresado antes para el Artículo 800).
6. CSA STANDARD. C22.1 -1990
Código Eléctrico Canadiense. Parte 1. Decimosexta
edición.
Norma de Seguridad para Instalaciones Eléctricas.
10-206 Conexiones a tierra para sistemas segregados
(b) Si se emplean dos sistemas o más, se instalará
un conductor de puesta a tierra común a menos que se provea
una tierra segregada para cada sistema, en cuyo caso se interconectarán
las tierras de los sistemas individuales.
10-402 Equipos fijos, específicos
(1) Las partes metálicas expuestas no portadoras de corriente
de los equipos fijos siguientes se conectarán a tierra (k)
Equipos de procesamiento de datos.
10-406 Equipos no-eléctricos (ver Apéndice B)
(6) En salas de computadoras y lugares similares que tienen pisos
elevados con soportes metálicos, al menos cada cuarto pedestal
se conectará a tierra por un conductor de cobre No.6 AWG
o equivalente.
10-706 Espaciamiento o interconexión de los sistemas eléctricos
y de protección contra rayos. Donde sea factible, se proveerá
una separación no menor de 2 m entre los conductores de pararrayos
y los conductores y equipos eléctricos, pero si esta separación
no fuese posible, los electrodos de tierra para los dos sistemas
se interconectarán, al nivel del terreno o por debajo de
él, con un conductor de un tamaño no menor.
10.708 Espaciamiento e interconexión
de las tierras de sistemas eléctricos, de comunicación
y de antena de comunidad. Donde se proveen electro- dos artificiales
segregados como medios de puesta a tierra para sistemas eléctricos,
de comunicaciones y de antena de comunidad, cada electrodo estará
separado al menos 2 m de cualquier otro electrodo, como se exige
por la Regla 10-702 (8) y ellos se interconectarán de acuerdo
con la Regla 10-702 (9).